Arraigo familiar
Arraigo familiar en España: requisitos para padres de menor español, cónyuges e hijos de español de origen. Documentación y plazos.
El arraigo familiar es la vía para personas con vínculo familiar directo con ciudadano español: padres o madres de menor de nacionalidad española a su cargo, cónyuges, hijos de español de origen y otros supuestos del artículo 124.3 RD 1155/2024. Es uno de los pocos arraigos que no exige acreditar permanencia previa de 2 años en España.
Plazo: 3 meses.Base legal: Artículo 124.3 del Real Decreto 1155/2024.
Guías por provincia
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