Los datos de esta demo no se guardan en servidor. Plazos basados en RD 316/2026.Ver BOE

Arraigo laboral

Solicita el arraigo laboral en España: 6 meses de actividad laboral acreditada y permanencia de 2 años. Requisitos, documentos y plazos.

El arraigo laboral autoriza a residir y trabajar a quienes acrediten al menos seis meses de relación laboral continuada en España, además de dos años de permanencia. La acreditación puede hacerse mediante informe de la Inspección de Trabajo, sentencia judicial firme o resolución administrativa que constate la relación laboral, lo que lo convierte en una vía especialmente útil cuando ha habido empleo en economía irregular ya regularizado.

Plazo: 3 meses desde la presentación.Base legal: Artículo 124.1 del Real Decreto 1155/2024.

Guías por provincia

Selecciona la provincia donde se va a tramitar el expediente. Cada guía incluye la oficina de extranjería de referencia, documentación específica y plazos administrativos.