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Asilo y protección internacional

Asilo y protección internacional en España: cómo formalizar la solicitud, alegaciones del relato y plazos OAR.

La solicitud de protección internacional se formaliza en la Policía Nacional de {provincia} y se tramita ante la Oficina de Asilo y Refugio (OAR). Tiene dos vertientes: el estatuto de refugiado del Convenio de Ginebra de 1951 (persecución por raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a grupo social) y la protección subsidiaria. El relato cronológico de los hechos persecutorios y su prueba documental son determinantes. Mientras se tramita, el solicitante recibe documento provisional con autorización de trabajo a partir de los 6 meses.

Plazo: 6 meses para resolución (silencio negativo); en la práctica suele exceder.Base legal: Ley 12/2009, Convenio de Ginebra de 1951 y Reglamento UE 604/2013 (Dublín III).

Guías por provincia

Selecciona la provincia donde se va a tramitar el expediente. Cada guía incluye la oficina de extranjería de referencia, documentación específica y plazos administrativos.