Traslado intraempresarial ICT en Madrid: directivos, especialistas y formación
Traslado intraempresarial ICT en Madrid: directivo, especialista o trabajador en formación. Requisitos del grupo y del trabajador.
¿Qué es el traslado intraempresarial (ict)?
La autorización por traslado intraempresarial ICT (Intra-Corporate Transferee) permite a grupos empresariales con presencia en España y fuera de la UE trasladar a personal a su filial española. Hay tres modalidades: directivos, especialistas con conocimientos esenciales y trabajadores en formación. Exige relación laboral previa con la empresa de origen (mínimo 3-6 meses según modalidad) y proyecto del traslado.
Contexto en Madrid
Según los datos del INE, en Madrid viven unas 900.000 personas de origen extranjero, con presencia significativa de comunidades de Marruecos, Rumanía y Venezuela. Las citas en la oficina de Avenida de los Poblados, 51 están saturadas con frecuencia, especialmente para arraigos y reagrupaciones, donde es habitual esperar varias semanas, por lo que conviene anticipar la solicitud cuando se prevé tramitar un traslado intraempresarial (ict). Madrid concentra la mayor oficina de extranjería de España y emite los informes de arraigo a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid. En cuanto al plazo administrativo aplicable (20 días hábiles.) y la base legal (Sección 5ª del Título V de la Ley 14/2013, arts. 73 y siguientes.), el procedimiento es uniforme en toda España, pero la operativa práctica varía según la oficina territorial y los acuerdos con la administración autonómica.
Requisitos en Madrid
- Relación laboral acreditada con la empresa de origen (3-6 meses según modalidad).
- Cualificación específica para la posición en {provincia}.
- Empresa de origen y destino del mismo grupo empresarial.
- Proyecto del traslado documentado.
- Carecer de antecedentes penales.
Documentación a presentar
- Certificado de la empresa de origen sobre relación laboral.
- Documentación del grupo empresarial.
- Contrato o asignación temporal a la entidad española.
- Pasaporte y antecedentes penales.
- Tasa modelo 790 código 052.
Plazo y dónde se presenta
El plazo administrativo de resolución es de 20 días hábiles. La presentación se efectúa preferentemente vía sede electrónica. La oficina territorial competente en Madrid es Avenida de los Poblados, 51, dependiente de Comunidad de Madrid, donde se gestionan los trámites presenciales y la entrega del TIE una vez concedida la autorización.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda actualmente en Madrid para un traslado intraempresarial (ict)?
El plazo administrativo es de 20 días hábiles. En la práctica, en Madrid las citas para presentación están saturadas con frecuencia, especialmente para arraigos y reagrupaciones, donde es habitual esperar varias semanas. Conviene anticipar la solicitud y tener la documentación completa antes de pedir cita, especialmente para comunidades con alta demanda como Marruecos o Rumanía.
¿Dónde se presenta el traslado intraempresarial (ict) en Madrid y qué tiene de particular?
La presentación se hace por sede electrónica del Ministerio, y la oficina de referencia es Avenida de los Poblados, 51 (Comunidad de Madrid). Madrid concentra la mayor oficina de extranjería de España y emite los informes de arraigo a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
¿Necesito abogado para el traslado intraempresarial (ict) en Madrid?
No es obligatorio, pero contar con asesoramiento profesional reduce los rechazos por defectos formales. La base legal aplicable (Sección 5ª del Título V de la Ley 14/2013, arts. 73 y siguientes.) deja poco margen a la discrecionalidad y los errores documentales son la causa más habitual de denegación.
¿Puedo trabajar mientras se resuelve el traslado intraempresarial (ict)?
Hasta que la autorización no esté concedida y se obtenga el TIE no se puede trabajar legalmente. Cuando el procedimiento está en plazo y la solicitud es completa, la Administración suele resolver dentro de los meses indicados (20 días hábiles.).
¿Gestionas estos trámites en tu despacho?
Si gestionas estos trámites en tu despacho, Copiloto te ayuda a generar el escrito automáticamente con la base legal aplicable (Sección 5ª del Título V de la Ley 14/2013, arts. 73 y siguientes.), revisar la documentación y mantener al cliente informado.
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