Traslado intraempresarial ICT en Sevilla: directivos, especialistas y formación

Traslado intraempresarial ICT en Sevilla: directivo, especialista o trabajador en formación. Requisitos del grupo y del trabajador.

¿Qué es el traslado intraempresarial (ict)?

La autorización por traslado intraempresarial ICT (Intra-Corporate Transferee) permite a grupos empresariales con presencia en España y fuera de la UE trasladar a personal a su filial española. Hay tres modalidades: directivos, especialistas con conocimientos esenciales y trabajadores en formación. Exige relación laboral previa con la empresa de origen (mínimo 3-6 meses según modalidad) y proyecto del traslado.

Contexto en Sevilla

Según los datos del INE, en Sevilla viven unas 80.000 personas de origen extranjero, con presencia significativa de comunidades de Marruecos, Rumanía y Colombia. Las citas en la oficina de Plaza de España, Sector III están moderadas, con disponibilidad razonable a 2-4 semanas vista, por lo que conviene anticipar la solicitud cuando se prevé tramitar un traslado intraempresarial (ict). El informe de arraigo en Andalucía lo gestiona la Junta a través de la Consejería de Inclusión Social. Es habitual la coordinación con los servicios sociales del Ayuntamiento de Sevilla para acreditar arraigo social y vivienda. En cuanto al plazo administrativo aplicable (20 días hábiles.) y la base legal (Sección 5ª del Título V de la Ley 14/2013, arts. 73 y siguientes.), el procedimiento es uniforme en toda España, pero la operativa práctica varía según la oficina territorial y los acuerdos con la administración autonómica.

Requisitos en Sevilla

  • Relación laboral acreditada con la empresa de origen (3-6 meses según modalidad).
  • Cualificación específica para la posición en {provincia}.
  • Empresa de origen y destino del mismo grupo empresarial.
  • Proyecto del traslado documentado.
  • Carecer de antecedentes penales.

Documentación a presentar

  • Certificado de la empresa de origen sobre relación laboral.
  • Documentación del grupo empresarial.
  • Contrato o asignación temporal a la entidad española.
  • Pasaporte y antecedentes penales.
  • Tasa modelo 790 código 052.

Plazo y dónde se presenta

El plazo administrativo de resolución es de 20 días hábiles. La presentación se efectúa preferentemente vía sede electrónica. La oficina territorial competente en Sevilla es Plaza de España, Sector III, dependiente de Andalucía, donde se gestionan los trámites presenciales y la entrega del TIE una vez concedida la autorización.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se tarda actualmente en Sevilla para un traslado intraempresarial (ict)?

El plazo administrativo es de 20 días hábiles. En la práctica, en Sevilla las citas para presentación están moderadas, con disponibilidad razonable a 2-4 semanas vista. Conviene anticipar la solicitud y tener la documentación completa antes de pedir cita, especialmente para comunidades con alta demanda como Marruecos o Rumanía.

¿Dónde se presenta el traslado intraempresarial (ict) en Sevilla y qué tiene de particular?

La presentación se hace por sede electrónica del Ministerio, y la oficina de referencia es Plaza de España, Sector III (Andalucía). El informe de arraigo en Andalucía lo gestiona la Junta a través de la Consejería de Inclusión Social. Es habitual la coordinación con los servicios sociales del Ayuntamiento de Sevilla para acreditar arraigo social y vivienda.

¿Necesito abogado para el traslado intraempresarial (ict) en Sevilla?

No es obligatorio, pero contar con asesoramiento profesional reduce los rechazos por defectos formales. La base legal aplicable (Sección 5ª del Título V de la Ley 14/2013, arts. 73 y siguientes.) deja poco margen a la discrecionalidad y los errores documentales son la causa más habitual de denegación.

¿Puedo trabajar mientras se resuelve el traslado intraempresarial (ict)?

Hasta que la autorización no esté concedida y se obtenga el TIE no se puede trabajar legalmente. Cuando el procedimiento está en plazo y la solicitud es completa, la Administración suele resolver dentro de los meses indicados (20 días hábiles.).

¿Gestionas estos trámites en tu despacho?

Si gestionas estos trámites en tu despacho, Copiloto te ayuda a generar el escrito automáticamente con la base legal aplicable (Sección 5ª del Título V de la Ley 14/2013, arts. 73 y siguientes.), revisar la documentación y mantener al cliente informado.

Otros trámites en Sevilla

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