Reagrupación familiar
Reagrupación familiar en España: requisitos del reagrupante, vivienda adecuada y medios económicos. Cónyuge, hijos y ascendientes.
La reagrupación familiar permite a residentes legales en España traer a sus familiares directos: cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 18 años, ascendientes mayores a cargo y menores tutelados. El reagrupante debe acreditar medios económicos suficientes y vivienda adecuada mediante informe del ayuntamiento.
Plazo: 45 días para la autorización inicial; visado posterior.Base legal: Artículos 16-19 LO 4/2000 y artículo 52 RD 1155/2024.
Guías por provincia
Selecciona la provincia donde se va a tramitar el expediente. Cada guía incluye la oficina de extranjería de referencia, documentación específica y plazos administrativos.