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Reagrupación familiar en Las Palmas de Gran Canaria: requisitos del reagrupante

Reagrupación familiar en Las Palmas de Gran Canaria: requisitos del reagrupante, vivienda adecuada y medios económicos. Cónyuge, hijos y ascendientes.

¿Qué es el reagrupación familiar?

La reagrupación familiar permite a residentes legales en España traer a sus familiares directos: cónyuge o pareja registrada, hijos menores de 18 años, ascendientes mayores a cargo y menores tutelados. El reagrupante debe acreditar medios económicos suficientes y vivienda adecuada mediante informe del ayuntamiento.

Requisitos en Las Palmas de Gran Canaria

  • El reagrupante lleva 1 año de residencia legal y autorizada para 1 año más.
  • Vivienda adecuada acreditada con informe municipal.
  • Medios económicos suficientes (IPREM mensual: depende del número de familiares).
  • Seguro médico que cubra al familiar.

Documentación a presentar

  • TIE del reagrupante.
  • Informe de vivienda emitido por el ayuntamiento.
  • Documentación de ingresos: nóminas, IRPF, vida laboral.
  • Documentación que acredita el vínculo: certificado de matrimonio, nacimiento, libro familia.
  • Tasa modelo 790 código 052 (al reagrupar) y código 062 (visado consulado).

Plazo y dónde se presenta

El plazo administrativo de resolución es de 45 días para la autorización inicial; visado posterior. La presentación se efectúa preferentemente vía sede electrónica. La oficina territorial competente en Las Palmas de Gran Canaria es Calle Eduardo Benot, 51, dependiente de Canarias, donde se gestionan los trámites presenciales y la entrega del TIE una vez concedida la autorización.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el reagrupación familiar en Las Palmas de Gran Canaria?

El plazo administrativo de resolución es de 45 días para la autorización inicial; visado posterior. En la práctica, en Las Palmas de Gran Canaria la respuesta puede demorarse algo más en función de la carga de la oficina de extranjería de Canarias.

¿Necesito abogado para el reagrupación familiar en Las Palmas de Gran Canaria?

No es obligatorio, pero contar con asesoramiento profesional reduce los rechazos por defectos formales. La base legal aplicable (Artículos 16-19 LO 4/2000 y artículo 52 RD 1155/2024.) deja poco margen a la discrecionalidad y los errores documentales son la causa más habitual de denegación.

¿Puedo trabajar mientras se resuelve el reagrupación familiar?

Hasta que la autorización no esté concedida y se obtenga el TIE no se puede trabajar legalmente. Cuando el procedimiento está en plazo y la solicitud es completa, la Administración suele resolver dentro de los meses indicados (45 días para la autorización inicial; visado posterior.).

¿Dónde se presenta el reagrupación familiar en Las Palmas de Gran Canaria?

La presentación se hace habitualmente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio. La oficina de referencia para Las Palmas de Gran Canaria es Calle Eduardo Benot, 51, dependiente de Canarias.

¿Gestionas estos trámites en tu despacho?

Si gestionas estos trámites en tu despacho, Copiloto te ayuda a generar el escrito automáticamente con la base legal aplicable (Artículos 16-19 LO 4/2000 y artículo 52 RD 1155/2024.), revisar la documentación y mantener al cliente informado.

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